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¿De qué trata la reforma en materia de subcontratación?

Si piensas contratar servicios especializados debes conocer la ley laboral que tiene que ver con la reforma en materia de subcontratación en México

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Dani Romero

HR Consultant

Los cambios en subcontratación laboral en México

16 de diciembre, 2021

La ley laboral sobre la reforma de la subcontratación entró en vigor en septiembre. Tienes que saber que si piensas subcontratar servicios especializados, debes tomar en cuenta la nueva normativa para no tener problemas por incumplimiento a la misma.

Historia de la subcontratación laboral en México

La subcontratación o tercerización es una figura que se emplea en muchos países. En México se emplea desde hace ya algunas décadas, principalmente por las ventajas que trae el encargar tareas específicas a asesores expertos y eficientes.

Ya desde el 2012, se realizó una reforma de la subcontratación para impedir actos deshonestos que violentaran los derechos de los trabajadores. La figura fue tomando popularidad en los años siguientes.

De acuerdo con datos de la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH), hasta finales del año 2020 se estimaba que más de 4.5 millones de empleos eran subcontratados en el país.

El problema estaba en los esquemas ilegales que presentaba la subcontratación. Aunque habían más de 900 empresas de tercerización registradas en México, sólo existían 100 registros en el IMSS, en el mismo 2020.

Por ello, en abril de este año se aprobó una reforma a la Ley Federal de Trabajo, buscando erradicar las malas prácticas. El principal cambio es que desaparece la figura del outsourcing permitiendo la subcontratación de servicios especializados.

Autorización en la reforma de subcontratación de servicios u obras especializadas.

En varios artículos de la Ley Federal de Trabajo, se habla del esquema de outsourcing, pero es el artículo 12 el que prohíbe ya la subcontratación de personal.

Sin embargo, el artículo 13 señala que, si se permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras determinadas, que no deben ser parte de la actividad económica preponderante de la empresa beneficiaria.

Una fábrica de autopartes, por ejemplo, no puede subcontratar servicios de obreros, fabricación de autopartes o cualquier otro servicio que tenga que ver con su objeto social. Pero si puede subcontratar servicios de limpieza o de comedor por poner algunos ejemplos.

La condición para subcontratar estos servicios es que la empresa contratista se encuentre registrada ante la STPS como veremos más adelante.

La reforma de la subcontratación sobre el responsable solidario

El artículo 14 establece ciertas formalidades para la relación entre las empresas que pacten una relación por servicios de subcontratación. Dicha subcontratación deberá formalizarse bajo contrato por escrito en donde se especifiquen los servicios a proporcionar así como el número aproximado de trabajadores que participarán en el cumplimiento de dicho contrato.

Un concepto muy importante que define el artículo 14 y que toda empresa debe atender, es el de responsable solidario. Lo que dice es que la empresa que subcontrate servicios especializados con una contratista, que incumple con las obligaciones que tiene hacia sus trabajadores, se vuelve responsable solidaria en relación con los trabajadores que sean empleados para las contrataciones de la relación.

Por ello, se debe tener cuidado al seleccionar a los proveedores de servicios con los que vayamos a trabajar nuestros proyectos o servicios especializados.

Registro de las empresas que ofrecen subcontratación de servicios.

La nueva normatividad en el artículo 15 establece que las empresas que proporcionen subcontratación de servicios especializados, deberán contar con un registro ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS). Dicho registro tendrá las siguientes condiciones:

  • Para obtener el registro las empresas deben acreditar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
  • La STPS negará o cancelará en cualquier momento el registro de aquellas empresas que no cumplan con los requisitos previstos por la misma ley.
  • Las empresas que obtengan el registro quedarán inscritas en un padrón, mismo que deberá ser público y estar disponible en un portal de internet.
  • El registro deberá renovarse cada tres años.

Concluyendo, si tu empresa requiere de servicios especializados que deba subcontratar, deberá verificar que el proveedor cumpla con los requisitos de la ley y que se encuentre registrado ante la STPS en su padrón público. A través de Sesame HR, podrás gestionar tu equipo de trabajo y realizar el proceso de contratación de manera más sencilla.

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Profesional con amplia experiencia de más de 20 años en diferentes áreas de los Recursos Humanos (Selección, Formación, Prevención de Riesgos Laborales, Gestión de Personal). Experiencia en Dpto de Dirección: Amplia visión de la empresa y los RRHH

Specialties: Selección de Personal, Gestión de la Formación, Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, Gestión del absentismo, Administración de RRHH, Asistencia a Dirección.


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