Leyes laborales
Cuotas obrero patronales: ¿qué son y de cuánto es su pago?
Las cuotas obrero patronales son aportaciones económicas que otorgan a los empleados de prestaciones de seguro social en las empresas.
Leyes laborales
Las cuotas obrero patronales son aportaciones económicas que otorgan a los empleados de prestaciones de seguro social en las empresas.
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Dani Romero
HR Consultant
18 de julio, 2022
Las cuotas obrero patronales IMSS e Infonavit, son las aportaciones que hacen el obrero y el patrón. Estas garantizan la seguridad social, atención médica y acumulan el patrimonio para su retiro.
El beneficiario de estas cuotas es el empleado, pero el pago lo realiza la empresa y el empleado en conjunto.
Se ejecutan de acuerdo a una tabla de valores que determina el porcentaje que debe aportar cada uno. Este aporte es obligatorio según la Ley del Seguro Social de México.
Las cuotas obrero patronales son pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social, IMSS. Estas permiten gozar al empleado de algunos beneficios como prestaciones de seguro social, salud, vivienda y retiro.
Este aporte es obligatorio según la ley de México. Dicha normativa también expresa el porcentaje a realizar por parte del empleado y patrón.
También, todos los trabajadores tienen, por ley, la obligación de contar con su prestación de Seguro Social. Esta se determina en los comprobantes fiscales de nómina.
El aporte realizado al IMSS se suele denominar cuotas obrero patronales. Esto se debe a que el monto total a aportar se divide en dos partes desiguales.
El porcentaje mayor es abonado por el patrón, y el porcentaje menor, por su empleado.
El que aporta el empleado aparece como un descuento en su nómina con el concepto de Seguro Social.
Para iniciar con estos aportes, la empresa debe cumplir con las obligaciones del patrón. Una de ellas es darse de alta en el IMSS como patrón e inscribir sus empleados.
¿Para qué? Para que puedan recibir los beneficios. El trámite se denomina Alta patronal.
A partir de este momento, el patrón está obligado a enterar las cuotas obrero patronales. Es decir, a entregar la parte que le corresponde como patrón, más el monto descontado al empleado de su sueldo.
A parte, el aporte del Gobierno federal sirven para financiar los servicios de seguridad social del empleado.
Otra obligación patronal es aportar las amortizaciones que deben retener al sueldo del empleado por su crédito para la vivienda.
Para que el empleado pueda acceder a este crédito debe inscribirse como patrón en el INFONAVIT y a sus empleados.
Estas retenciones en el sueldo del empleado las debe hacer el patrón. ¿Cómo? Mediante las listas de raya o comprobantes fiscales de nómina.
Para determinar el monto a pagar se realiza un cálculo que involucra varios factores. Entre ellos se encuentran los siguientes:
Uno de los factores que intervienen en el cálculo de la cuota obrero patronal es el salario base de cotización que cobra el trabajador en un dìa.
En el cual se incluyen los pagos realizados en efectivo de acuerdo a las horas trabajadas, gratificaciones, alimentación, habitación y comisiones, entre otros.
En el caso de que el salario del empleado sea menor al salario mínimo aplicable, se tomará el valor del salario mínimo como base para el cálculo de la cuota.
Si el salario del empleado supera la suma de UMA x 25 veces, se tomará éste último valor para el cálculo de la cuota.
Para calcular el SBC se realiza la siguiente fórmula:
Salario diario x Factor de Integración.
El valor del salario diario se obtiene dividiendo la suma que el empleado cobra dividiendo por la cantidad de días. Mientras que el factor de integración es un valor que se obtiene a través de la siguiente fórmula:
(365 días del año + (Días por vacaciones X 25% de prima vacacional*) + Días de aguinaldo)/365 días del año.
UMA son las siglas de Unidad de Medida y Actualización y se trata de una cifra que actúa como referente económico en varias actividades.
Una de ellas es el cálculo del Salario mínimo, otro es el de las cuotas obrero patronales, como las que corresponden al Seguro de Enfermedades y Maternidad. El valor UMA también influye en el crédito otorgado por INFONAVIT para la vivienda.
Uno de los factores que influye en el costo que se debe pagar es el porcentaje correspondiente según la Ley del Seguro Social. De acuerdo al seguro o prestación social, el patrón y el empleado cubren las primas pero no de manera igualitaria.
Entre los seguros y prestaciones sociales que corresponden a la regulación obligatoria se encuentran los siguientes:
Según la actividad que realiza el empleado, se elige la clase de riesgo de trabajo. En total son 5 clases y el porcentaje va desde 0.54% correspondiente a la clase de menos riesgo a 7.58%, correspondiente a la clase de mayor riesgo. Este porcentaje se obtiene del SBC y lo paga el empleador.
La prima de este seguro lo paga el empleador y corresponde un 20%, teniendo presente el valor de UMA. Se cobra un porcentaje adicional si el SBC tiene un valor mayor a 3 veces el valor de UMA.
Para que el empleado quede cubierto por este seguro, el empleador debe pagar un 1.75% y el empleado un 0.625% del SBC.
La prima del seguro por retiro es abonada por completo por el empleador y la cuota correspondiente es del 2.0% del sueldo. Mientras que la prima del seguro por Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (CEAV) es de 3.150 % para el empleador y un 1.125 % del SBC lo debe pagar el empleado.
El empleador debe pagar 1% del SBC para que el empleado quede cubierto con este beneficio.
Si quieres saber más sobre las cuotas obre patronales u otro tipo de información relacionada con nóminas, control de asistencia o gestión de turnos, quédate en nuestro blog.
Profesional con amplia experiencia de más de 20 años en diferentes áreas de los Recursos Humanos (Selección, Formación, Prevención de Riesgos Laborales, Gestión de Personal). Experiencia en Dpto de Dirección: Amplia visión de la empresa y los RRHH
Specialties: Selección de Personal, Gestión de la Formación, Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, Gestión del absentismo, Administración de RRHH, Asistencia a Dirección.