Ley Federal del Trabajo

Rescisión de las relaciones de trabajo según la LFT

El patrón o el trabajador pueden rescindir de las relaciones de trabajo. ¿Qué quiere decir esto? ¿En qué casos aplica? ¿Qué dice la LFT sobre esto?

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Juan Carlos Puerta

HR Consultant


18 de junio, 2021

En el título segundo de la Ley Federal del Trabajo, capítulo cuatro, se habla de la rescisión de las relaciones de trabajo. Aquí, se detalla todo lo relacionado a la rescisión, incluidas las indemnizaciones que un patrón debe de dar.

La diferencia entre terminar o rescindir un contrato

Cuando un patrón contrata a alguien en México, debe de haber de por medio un documento conocido como “contrato laboral”. En este documento se detallan cosas como los pagos, el tipo de trabajo a realizar y el tiempo.

Terminar un contrato significa completarlo. Por ejemplo, si en el contrato se especifica que el colaborador va a prestar sus servicios durante 1 año, transcurrido este tiempo el contrato se termina. Si en el contrato dice que el colaborador va a realizar un trabajo puntual, como el diseño de un logo, después de que este sea entregado, el contrato también se termina.

Cuando se habla de rescindir un contrato, esto no sucede. El contrato se termina, pero no se completa. Se queda a medias. Esto puede suceder si el patrón o el colaborador así lo deciden, siempre y cuando se respete lo que dice la Ley Federal del Trabajo.

Por ejemplo, el patrón puede rescindir las relaciones de trabajo si el trabajador no cumple con lo establecido en el contrato. O si el patrón quiere obligar al trabajador a hacer actividades que pongan en riesgo su salud, el trabajador puede rescindir el contrato. Para cada caso aplican cláusulas diferentes de la Ley Federal del Trabajo.

Rescisión de las relaciones de trabajo por parte del patrón

Un patrón puede rescindir de las relaciones laborales siempre y cuando el trabajador haga alguna de las siguientes cosas, que se encuentran en el artículo 47 de la LFT:

  • Engañar al patrón con credenciales falsas o algo similar.
  • Tener malas actitudes contra el patrón o su familia o amigos.
  • Tener malas actitudes contra sus compañeros de trabajo.
  • Provocar algún daño al patrón, a sus compañeros o a la familia o amigos de estos fuera de servicio.
  • Dañar intencionalmente los materiales y las instalaciones de trabajo. Solo aplica si estos daños hacen imposible la realización de las actividades laborales.
  • Lo mismo que el punto anterior, pero en lugar de en forma intencionada, por negligencia.
  • Comprometer la seguridad del establecimiento.
  • Cometer actos inmorales o acoso contra cualquier persona en el lugar de trabajo.
  • Revelar secretos de la empresa.
  • Tener más de 3 faltas injustificadas en menos de 30 días.
  • Desobedecer al patrón.
  • Negarse a seguir las indicaciones y reglamentos.
  • Asistir en estado de embriaguez o habiendo ingerido algún tipo de droga narcótica, a menos que sea con fines médicos.
  • Ser llevado a prisión.
  • Falta de documentos legales.

Según el artículo 48, si el contrato del trabajador es rescindido, el trabajador puede recurrir a la Junta de Conciliación y Arbitraje, donde el patrón tiene que demostrar la causa de la rescisión. Esto sirve, más que nada, para que el trabajador tenga la posibilidad de ser reinstalado en su puesto.

En el artículo 50, se detallan los casos en los que el patrón debe de pagar indemnización. Estos son:

  • Si el trabajo duró menos de un año, el trabajador debe de recibir un salario equivalente a la mitad del tiempo prestado.
  • Si el contrato era por tiempo indeterminado, se deben de pagar 20 días de salario por cada año laborado.

Rescisión de las relaciones de trabajo por parte del trabajador

El trabajador también puede rescindir de las relaciones laborales si el patrón hace alguna de las siguientes acciones, detalladas en el artículo 51:

  • Engañarlo de las condiciones de trabajo.
  • Tener malas actitudes contra el trabajador, sus familiares o amigos, dentro y fuera de servicio.
  • Reducir el salario.
  • Manipular las herramientas de trabajo.
  • Permitir la existencia de peligros graves en el área de trabajo.
  • Comprometer la seguridad del lugar.
  • Exigir la realización de actos que ataquen la dignidad del trabajador.

Esto es lo que debes de saber sobre la rescisión de las relaciones de trabajo. Es importante que lo tomes en cuenta, pues rescindir de un contrato sin una de las justificaciones anteriores puede acarrear problemas legales.

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Profesional con amplia experiencia de más de 20 años en diferentes áreas de los Recursos Humanos (Selección, Formación, Prevención de Riesgos Laborales, Gestión de Personal). Experiencia en Dpto de Dirección: Amplia visión de la empresa y los RRHH

Specialties: Selección de Personal, Gestión de la Formación, Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, Gestión del absentismo, Administración de RRHH, Asistencia a Dirección.


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