Ley Federal del Trabajo

¿Cuáles son las obligaciones del patrón según la Ley Federal del Trabajo?

¿Qué obligaciones tiene el patrón con la empresa y los trabajadores y cuáles no? Te resumimos lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo.

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Dani Romero

HR Consultant

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25 de marzo, 2021

En las relaciones laborales existen una serie de derechos y de obligaciones, que se han de cumplir por ambas partes. Es por ello que estas obligaciones han de quedar claras desde un primer momento para que, con el tiempo, no existan malentendidos ni errores.

Aunque, como hemos dicho, se trata de una relación entre ambas partes y ambas tienen responsabilidades, las obligaciones del patrón cobran una vital importancia dentro de la empresa, puesto que siempre están puestas en punto de mira.

Resumen de las obligaciones del patrón según la ley

La primera obligación del patrón y, quizás, la más clara, es la del pago de salario en función del trabajo de sus empleados. Este salario suele ser formado, casi siempre, por el monto de dinero recibido más los vales, bonos, despensas, primas, aguinaldos, etc.

Además, también tiene la obligación de hacerse cargo de las obligaciones fiscales, además de conocer los impuestos que gravan los salarios.

Obligaciones del patrón sobre el espacio físico de trabajo

  1. Cumplir con todas las disposiciones de las normas de trabajo que se aplican a su empresa.
  2. Proporcionar a sus colaboradores las herramientas para realizar sus actividades, así como garantizar su reposición y actualización.
  3. El patrón no puede exigir a los trabajadores indemnizaciones por el desgaste de las herramientas de trabajo.
  4. Proporcionar un lugar seguro para guardar las herramientas de trabajo, siendo este el lugar en el que se prestan los servicios.
  5. Mantener el número suficiente de asientos para los trabajadores.
  6. Instalar y operar los lugares de trabajo en los que deban ejecutarse las labores, conforme a las disposiciones establecidas en el reglamento en cuanto a seguridad, salud y medio ambiente de trabajo.
  7. Disponer de materiales de curación y primeros auxilios.

Obligaciones del patrón sobre clima laboral y salarios

  1. Tener en consideración a los trabajadores, evitando el mal trato de palabra y de obra.
  2. Facilitar de forma asidua, a solicitud de los trabajadores, una constancia del número de días trabajados y el salario percibido.
  3. Expedir una constancia escrita relativa a los servicios de los trabajadores si lo solicitan.
  4. Permitir a los trabajadores el tiempo legal y necesario para ejercer el voto ante elecciones y cumplir los servicios de jurados, electorales y censales, siempre que se realicen dentro de las horas de su jornada labora.
  5. Excusar a los trabajadores su falta debido al desempeño de una comisión accidental o permanente de su sindicato o del Estado, siempre que se avise de la forma correcta.
  6. Poner en conocimiento del sindicato el titular del contrato colectivo y de los trabajadores de la categoría inmediata inferior.
  7. Establecer y sostener las escuelas Artículo 123 Constitucional, de conformidad con lo que dispongan las leyes y la Secretaría de Educación Pública.
  8. Realizar los gastos indispensables para sostener en forma decorosa los estudios de uno de sus trabajadores o de uno de sus hijos, en el caso de tener empleados entre 100 y 1000 empleados.
  9. Cuando tengan más de 1000 empleados, deberán contar con 3 becarios.
  10. Debe cumplir con la obligación de capacitar a sus trabajadores.

Otras obligaciones de los patrones

  • Reservar, cuando la población fija de un centro rural de trabajo exceda de los 200 habitantes, un terreno para establecer mercados públicos, edificios para los servicios municipales y centros recreativos.
  • Otorgar a los sindicatos un local que se encuentre desocupado, si lo solicitan, para que se instalen sus oficinas, cobrando la renta correspondiente.
  • Realizar las deducciones que soliciten los sindicatos de las cuotas sindicales ordinarias.
  • Realizar las deducciones de las cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y cajas de ahorro.
  • Permitir la inspección y vigilancia que las autoridades del trabajo realicen en su empresa para asegurar el cumplimiento de la Ley Federal del Trabajo.
  • Contribuir al fomento de las actividades culturales y del deporte entre sus trabajadores.
  • Realizar las deducciones previstas en las fracciones IV del artículo 97 y VII del artículo 110.
  • Afiliar el centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.
  • Proporcionar a las mujeres embarazadas protección que establezcan los reglamentos.
  • Otorgar el permiso de paternidad de 5 días laborales con goce sueldo a los hombres trabajadores.
  • Participar en la integración y el funcionamiento de las Comisiones que deban formarse en cada centro de trabajo de a cuerdo a lo establecido por la Ley.

Todas estas obligaciones y demás normativas especificadas en la LFT deben tenerse siempre en cuenta, desde los cargos más altos de una empresa, pasando por el área de recursos humanos.

RR.HH es el departamento que verificará que de verdad se están cumpliendo.

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