Ley Federal del Trabajo
¿Cómo hacer un contrato de trabajo en México?
Te contamos todo lo necesario para que sepas como modificar un contrato laboral de un colaborador si te encuentras en México
Ley Federal del Trabajo
Te contamos todo lo necesario para que sepas como modificar un contrato laboral de un colaborador si te encuentras en México
¿Necesitas ayuda?
Anjolly Capponi
HR Consultant
4 de septiembre, 2023
Cómo hacer un contrato de trabajo es una de las tareas más relevantes en una empresa. El contrato es el documento establecido entre patrón y empleado que contiene las condiciones generales de trabajo. Por ejemplo, cuando un nuevo empleado consigue superar todos los filtros de selección y obtiene el puesto laboral, para formalizarlo; se debe firmar un contrato de trabajo.
En este contrato el empresario se compromete a pagar una remuneración al empleado a cambio de sus servicios dentro de la compañía.
Los elementos específicos que contiene un contrato de trabajo son: el horario laboral, día y lugar de pago de sueldo, el monto del salario, descanso, vacaciones y prestaciones. Asimismo, se especifica el lugar de trabajo, las funciones en el puesto asignado y la duración de la relación laboral (si esto aplica).
Aunque un contrato de trabajo puede mantenerse por largo tiempo, distintas circunstancias pueden obligar a modificarlo. Cuando esto sucede, es importante que como empresarios o representantes del área de recursos humanos, conozcas lo que establece la ley para evitar multas o demandas ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.
El objetivo de este artículo es brindarte una guía para comprender el procedimiento para modificar el contrato de tus empleados.
Para poder cumplir con los aspectos que dictan las leyes laborales en México, necesitas conocer las reglas para hacer modificaciones de contratos de empleados. Son 3 las condiciones que debes tener presente:
Existen diversas razones por las cuales la modificación de contrato es válida. Cada una de ellas se enfoca en una perspectiva distinta.
La Ley en México le permite al empresario modificar el contrato de los empleados cuando ocurran situaciones económicas que afecten la estabilidad del negocio. El artículo 427 de la Ley Federal de Trabajo (LFT) menciona los siguientes ejemplos:
Dichas situaciones son limitantes porque ponen en riesgo a la fuente de empleo en sí misma.
Para el empleado, la modificación de contrato es válida si: se considera que su salario no está bien remunerado o si se considera que su jornada es inhumana (Art. 57 de la Ley Federal del Trabajo). Las razones por las que el empleado podría realizar modificaciones en el contrato están relacionadas al mejoramiento de las condiciones de vida del mismo.
Si no se estipula un acuerdo entre ambas partes puede ser bastante negativo. ¡No hacerlo puede ser muy perjudicial! ¡Sobre todo para el empleador!
Los acuerdos unilaterales en la modificación de contratos podrían conducir no solamente a impedimentos en la ratificación por parte de la Junta de conciliación y Arbitraje, sino también a la renuncia del empleado a sabiendas del incumplimiento a lo acordado en el contrato inicial.
Por ejemplo, el artículo 51 de la LFT en sus fracciones I y IV establece los siguientes puntos:
“Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador”:
– I. Engañarlo el patrón, o en su caso, la agrupación patronal al proponerle el trabajo, respecto de las condiciones del mismo. Esta causa de rescisión dejará de tener efecto después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador;
– IV.” Reducir el patrón el salario del trabajador”
– V. No recibir el salario correspondiente en la fecha o lugar convenidos o acostumbrados”
artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo
Si un patrón propone la modificación de salario sin consentimiento del empleado, estaría faltando a dicho artículo. Esta situación podría generar que el empleador sea acreedor a multas económicas. Algo que a toda costa queremos evitar porque dañaría no solo de manera económica, sino también a la reputación de nuestra empresa.
Para prevenir cualquier situación que ponga en riesgo nuestra organización, debemos llegar a un acuerdo previo con el trabajador antes de aprobar las modificaciones de contratos de empleados. Es necesario hacerlo todo por escrito y que el nuevo acuerdo sea firmado por ambas partes. En el nuevo contrato se van a presentar los cambios y modificaciones bajo el consentimiento de ambas partes.
La ratificación por parte de la Junta de Conciliación y Arbitraje o Tribunal correspondiente es un requerimiento de acuerdo al artículo 33 de la LFT.
Dicho convenio deberá hacerse de manera escrita y contener una explicación detallada de los hechos que lo motivaron así como los derechos comprendidos en él.
La junta de conciliación y arbitraje (JCA) debe estar enterada sobre las modificaciones de las condiciones laborales. Esta se encargará de aprobar la solicitud una vez sean verificadas las condiciones establecidas y si cumplen con lo estipulado por la ley. La JCA lo aprobará siempre y cuando no contenga vicios ocultos, como por ejemplo, la renuncia de los derechos de los trabajadores.
En México, existen varios tipos de contratos de trabajo que pueden ser utilizados por empleadores y empleados, cada uno con sus propias características y condiciones específicas. Aquí te menciono algunos de los tipos de contratos de trabajo más comunes en México:
El empleado es contratado sin una fecha de finalización específica, lo que significa que la relación laboral puede continuar hasta que una de las partes decida dar por terminado el contrato, sujeto a las leyes laborales aplicables.
Se establece una fecha de inicio y finalización específica para la relación laboral. Estos contratos son utilizados para proyectos temporales o empleados contratados para cubrir una necesidad puntual. Debe cumplirse con ciertas condiciones legales para que sean válidos.
Este tipo de contrato se utiliza cuando un empleado es contratado para llevar a cabo una tarea específica o un proyecto en particular. El contrato se termina una vez que se completa la obra o servicio para el cual se contrató al empleado.
Aquí el empleado es contratado por un período de prueba específico, durante el cual el empleador evalúa su desempeño. Al final del período de prueba, el contrato puede convertirse en uno por tiempo indeterminado si ambas partes están satisfechas.
Se utiliza cuando un empleado trabaja menos horas a la semana que las establecidas para un empleo a tiempo completo. Los derechos y obligaciones laborales pueden variar en comparación con los empleados a tiempo completo.
Es importante recordar que los contratos laborales deben cumplir con las leyes laborales mexicanas y garantizar los derechos y obligaciones tanto del empleador como del empleado.
Además, las condiciones y términos específicos de un contrato pueden variar según la industria, la empresa y la negociación entre las partes involucradas. Siempre es recomendable consultar con un abogado o experto en derecho laboral para asegurarse de que los contratos sean conformes a la legislación vigente y protejan los intereses de ambas partes
Como empleador, cumplir con lo estipulado en las leyes laborales en México, te brindará mayor poder de negociación y estar protegido ante cualquier problema que pudiera surgir con un contrato laboral. Cuando las cosas son claras entre empleador y empleado, se crea una buena cultura organizacional. Si es necesario realizar algún cambio en el contrato de un trabajador, puedes negociarlo y sobre todo, apegarte a la ley.
Recuerda que cuando no te riges por lo que la ley manda, eres propenso a tener que pagar multas o defenderte ante demandas, lo que se traduce en mala imagen a tu empresa.
Profesional con amplia experiencia de más de 20 años en diferentes áreas de los Recursos Humanos (Selección, Formación, Prevención de Riesgos Laborales, Gestión de Personal). Experiencia en Dpto de Dirección: Amplia visión de la empresa y los RRHH
Specialties: Selección de Personal, Gestión de la Formación, Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, Gestión del absentismo, Administración de RRHH, Asistencia a Dirección.