Reclutamiento y selección

¿Cómo contratar extranjeros en México?

Contratar extranjeros es una opción cuando se necesitan ciertas habilidades especificas. Pero para hacerlo, hay una serie de requisitos que debes cumplir.

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Beto Villareal

HR Consultant


7 de junio, 2021

Contratar extranjeros es algo que algunas empresas hacen para cumplir ciertas funciones que los empleados nacionales no pueden. Sin embargo, es necesario cumplir con una serie de requisitos legales para su contratación. Si no, no podrás tener a gente de otros países un tu organización.

¿Cómo sé si puedo contratar extranjeros?

La respuesta a esta pregunta se encuentra en el artículo 7 de la Ley Federal del Trabajo, el cual dice que

“En toda empresa o establecimiento, el patrón deberá emplear un noventa por ciento de trabajadores mexicanos, por lo menos”.

Artículo 7, Ley Federal del Trabajo

Además, también menciona que todos los profesionales o técnicos deben de ser mexicanos. La excepción a esto es cuando no tienen los conocimientos necesarios.

Por ejemplo, puede ser que una empresa tenga aparatos importados desde Japón con la tecnología más nueva.  Para darles mantenimiento a estos equipos o repararlos, se deben de tener los conocimientos adecuados. Conocimientos que trabajadores mexicanos quizás no tengan.

Para el personal médico, esto no aplica. Todos los trabajadores en este sector tienen que ser, forzosamente, mexicanos. Además, también se cuenta como empleado extranjero a todo aquel que esté trabajando a distancia. No necesariamente tiene que ser de forma presencial.

Tramitar la constancia de empleador

Primero que nada, el patrón necesita una constancia de empleador frente al Instituto Nacional de Inmigración (INM). Esta constancia no tiene costo, pero hay que presentar ciertos documentos.

Para personas físicas, estos documentos son:

  • Identificación oficial vigente.
  • Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 30 días.
  • Constancia del Régimen Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Última declaración de impuestos.
  • Llenar un formato que se encuentra en la página del Instituto Nacional de Inmigración.

Para personas morales:

  • Acta que demuestre la existencia de la persona moral.
  • Comprobante donde se especifique quién es el representante legal.
  • Identificación oficial vigente del representante legal de la empresa.
  • Comprobante de domicilio del representante legal. Al igual que para personas físicas, este comprobante no debe de exceder los 30 días de antigüedad.
  • Constancia del RFC.
  • Última declaración de impuestos.
  • Lista de todos los empleados, donde se incluya la nacionalidad de cada uno.
  • Llenar un formato que se encuentra en la página del Instituto Nacional de Inmigración.

Todos los documentos anteriores deben de presentarse en original y copia. El trámite tarda un máximo de 10 días hábiles.

Una vez que tramites tu constancia, ya podrás contratar extranjeros. Sin embargo, hay otra serie de requisitos que debes de cumplir. Como patrón o como gerente de recursos humanos, tienes que saber cuáles son estos requisitos.

Requisitos para contratar extranjeros

  • Documento migratorio del candidato: Cuando un extranjero viene al país, necesita un documento migratorio. En este, se especifican todas las actividades que él o ella tiene permitido hacer. Si las actividades que se encuentran en el documento no coinciden con las del puesto de trabajo, el extranjero deberá de tramitarlo nuevamente.
  • Notificar al Instituto Nacional de Migración: En el momento que la empresa ha hecho la contratación del extranjero, lo debe de notificar al INM. Esto se hace tramitando el alta laboral.
  • Vigilar el documento migratorio del empleado: Los documentos migratorios poseen una vigencia. Después de que se vence, el extranjero necesita actualizarlo o salir de la empresa. Si sigue laborando con el documento migratorio vencido, el patrón puede recibir multas.
  • Contrato laboral: Al igual que con los demás empleados, el extranjero necesita firmar un contrato laboral donde se especifiquen las actividades a realizar, las horas, el salario y demás.
  • Constancia de empleador frente al INM.

Cuando tengas todo lo anterior, ya podrás empezar a contratar a gente extranjera y podrás gozar de los beneficios de hacerlo. Pero ten en cuenta que si contratas a alguien de fuera sin poseer todos los requisitos, podrías recibir multas.

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Profesional con amplia experiencia de más de 20 años en diferentes áreas de los Recursos Humanos (Selección, Formación, Prevención de Riesgos Laborales, Gestión de Personal). Experiencia en Dpto de Dirección: Amplia visión de la empresa y los RRHH

Specialties: Selección de Personal, Gestión de la Formación, Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, Gestión del absentismo, Administración de RRHH, Asistencia a Dirección.


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